El Catastro es un registro administrativo que depende de la Dirección General del Catastro (Ministerio de Hacienda y Función Pública) y contiene la descripción de los bienes inmuebles rústicos, urbanos y de características especiales, cuya inscripción en el mismo es obligatoria y gratuita. Está regulado por el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Las funciones que tiene atribuidas se ejercen:
- a través de los Servicios Centrales y de las Gerencias ubicadas en las distintas provincias y ciudades autónomas del territorio nacional, excepto País Vasco y Navarra.
- o a través de la colaboración con otras Administraciones y entidades públicas. Con este fin, la Dirección General del Catastro tiene suscritos convenios de colaboración, principalmente con Ayuntamientos y Diputaciones.
La Gerencia del Catastro como organismo productor concentra las competencias en materia catastral relativas a los aspectos tributarios (que correspondían históricamente a la Delegación Provincial de Hacienda a través del Servicio del Catastro) y la formación y mantenimiento del catastro topográfico (atribuidas al Instituto Geográfico Catastral).
El Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, estableció las funciones y estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda, mediante unas Gerencias Regionales del Catastro -bajo la dependencia funcional de las Delegaciones Especiales- y unas Gerencias Territoriales -dependientes de las Delegaciones Provinciales ordinarias de Economía y Hacienda-, y que vienen a sustituir a las anteriores Gerencias del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria (1985 y 1987).
Información de prensa institucional señala que esta tarea comenzó en el año 2019 y su objetivo es la determinación territorial de las parcelas, de forma que sirva como fuente de información para la planificación y gestión a nivel nacional, no teniendo efecto jurídico alguno (Ministerio de Economía y Finanzas, DNC, 2021).
El citado mosaico de ortoimágenes, tuvo origen en un levantamiento fotogramétrico que cubrió completamente el territorio del país, para el que fue utilizada la cámara métrica digital UltraCam Eagle Prime. El tamaño del píxel en terreno (GSD) fue de 32 cm y la altura de vuelo aproximada de 7100 metros, totalizando un área cartografiada de 178.290 km². Las exactitudes planimétrica y altimétrica alcanzadas fueron de 1.00 y 1.50 m. respectivamente, con el 95% de confiabilidad (Consorcio TOPOCART, 2019).
Fuentes consultadas:
Consorcio TOPOCART – Topografia Engenharia e Aerolevantamentos S/S Ltda. AT S.R.L. (2019). Informe Técnico Final – Licitación Pública Internacional LPI N° 01/2015. Adquisición de Imágenes Digitales de Cobertura Nacional, https://visualizador.ide.uy/descargas/Documentos_IDE/Proyecto_de_produccion_y_control_de_informacion_geografica/Informe_Final_Topocart.pdf
Ministerio de Economía y Finanzas, Dirección Nacional de Catastro (2021). Geocatastro. Nuevo Parcelario Rural, https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/comunicacion/noticias/nuevo-parcelario-rural